Se prorrogó la prohibición de despidos y suspensiones.
- Corazza-Vazzana
- 20 may 2020
- 1 Min. de lectura
A través del Decreto 487/20 publicado en el Boletín Oficial, se dispuso la prórroga de la prohibición de despedir o suspender trabajadores sin justa causa, por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.

El Poder Ejecutivo, ha establecido su vigencia en el plazo de 60 días a partir del 9 de junio (contados desde el vencimiento del Decreto 329/20).
Únicamente, se establece como excepción las suspensiones que necesitan la homologación de la autoridad de aplicación y que garanticen una prestación no inferior al 75% del salario neto que percibiría el trabajador (en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo).
Aquellos despidos y suspensiones que se dispongan contrariamente a la normativa, no producirán efecto, por lo que se mantienen vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones.
Kommentare